- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1535
Artículo 1535 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el testamento ya está listo y firmado por todos, el notario te lo entrega a ti. El notario también tiene que escribir en sus libros (el protocolo) los detalles de cuándo te lo entregó: la hora, el día, el mes y el año exactos. Esto es para que quede un registro oficial de que ya tienes tu testamento en tus manos.
Texto oficial
Artículo 1535.- Cerrado y autorizado el testamento, se entregará al testador, y el Notario pondrá razón en el protocolo del lugar, hora, día, mes y año en que el testamento fue autorizado y entregado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.