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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1538

Artículo 1538 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres guardar tu testamento en el archivo oficial, tienes que ir tú mismo a entregarlo con el encargado. Él va a anotar en un libro especial que recibió tu testamento, y tanto él como tú firmarán ese registro. Al final, te darán una copia con sello oficial como comprobante de que lo dejaste ahí guardado.

Texto oficial

Artículo 1538.- El testador que quiera depositar su testamento en el archivo, se presentará con él ante el encargado de esté, quién hará asentar en el libro que con ese objeto debe llevarse, una razón del depósito o entrega, que será firmada por dicho funcionario y el testador, a quien se dará copia autorizada.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 152) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.