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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1566
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1566

Artículo 1566 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un testador no puede hacer testamento ológrafo (el que se escribe a mano), entonces puede recurrir a un testamento privado, pero solo en las situaciones especiales que ya marca la ley. Es decir, primero debes intentar escribir tu testamento a mano; si eso no es posible por alguna razón, entonces procede hacerlo en privado pero con testigos.

Texto oficial

Artículo 1566.- Para que en los casos enumerados en el artículo que precede pueda otorgarse testamento privado, es necesario que al testador no le sea posible hacer testamento ológrafo.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 155) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.