- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1568
Artículo 1568 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no hay ningún testigo que sepa escribir o es una emergencia muy grave, el testamento se puede hacer solo de palabra, sin necesidad de escribirlo. Esto aplica cuando no hay tiempo ni forma de ponerlo por escrito. Lo importante es que sea válido aunque no esté en un papel.
Texto oficial
Artículo 1568.- No será necesario redactar por escrito el testamento, cuando ninguno de los testigos sepa escribir y en los casos de suma urgencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.