- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1569
Artículo 1569 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esto aplica para situaciones de mucha prisa o emergencia, como un accidente o un peligro inminente. En esos casos, para ciertos trámites legales, no se necesitan muchos testigos, solo tres personas que sean confiables y estén en su sano juicio. La ley los llama "idóneos", que quiere decir que son aptos y no tienen impedimentos legales, por ejemplo, que no sean sordos, ciegos o menores de edad. Así que si hay una urgencia, con esos tres testigos es suficiente, no hace falta juntar a más personas.
Texto oficial
Artículo 1569.- En los casos de suma urgencia bastarán tres testigos idóneos. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 156 de 370
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