Artículo 1633 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no hay hermanos de la persona que falleció, entonces sus sobrinos (los hijos de esos hermanos) heredan todo. La herencia se reparte primero por "rama familiar", es decir, lo que le tocaba a cada hermano se junta como un solo lote para sus hijos. Luego, dentro de cada rama, ese lote se divide en partes iguales entre los sobrinos que sean hijos de ese mismo hermano. No importa cuántos sobrinos haya en cada rama, cada uno recibe su parte igual.
Texto oficial
Artículo 1633.- A falta de hermanos, sucederán sus hijos, dividiéndose la herencia por estirpes, y la porción de cada estirpe por cabezas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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