- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1724
Artículo 1724 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, aunque el testador ponga en su testamento que el albacea (la persona encargada de cumplir lo que dice el testamento) no tiene que hacer el inventario de los bienes ni rendir cuentas de lo que hizo, esa parte del testamento no vale para nada. Desde el momento en que se escribe, no tiene ningún efecto legal, como si no existiera. Esto es para proteger a los herederos y asegurarse de que el albacea sea transparente en su trabajo. En otras palabras, el albacea siempre está obligado a hacer el inventario y a rendir cuentas, sin importar lo que diga el testamento.
Texto oficial
Artículo 1724.- Son nulas de pleno derecho las disposiciones por las que el testador dispense al albacea de la obligación de hacer inventario o de rendir cuentas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.