- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1729
Artículo 1729 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El interventor es como un supervisor que solo checa que el albacea haga bien su trabajo, nada más. No puede meterse a hacer otras cosas, solo vigilar que todo se haga como debe ser. El albacea es la persona encargada de cumplir lo que dice el testamento. Básicamente, el trabajo del interventor es asegurarse de que el albacea no se pase de listo.
Texto oficial
Artículo 1729.- Las funciones del interventor se limitarán a vigilar el exacto cumplimiento del cargo de albacea.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.