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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1768
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1768

Artículo 1768 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ningún heredero está obligado a quedarse compartiendo los bienes para siempre. No importa si el testador dejó dicho en su testamento que quería que los bienes no se dividieran. La ley dice que cualquier heredero puede pedir en cualquier momento que se repartan las cosas, porque nadie puede ser forzado a mantener la herencia sin dividir.

Texto oficial

Artículo 1768.- A ningún coheredero puede obligarse a permanecer en la indivisión de los bienes, ni aun por prevención expresa del testador.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 172) ↗

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