- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1800
Artículo 1800 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1800 dice que si tú tienes capacidad legal para hacer un contrato, puedes hacerlo tú mismo o por medio de otra persona que tenga permiso legal para actuar en tu nombre. Esto significa que, si eres mayor de edad y estás en tus cabales, puedes firmar un acuerdo directamente o pedirle a alguien de confianza que lo haga por ti, siempre y cuando esa persona esté autorizada por la ley.
Texto oficial
Artículo 1800.- El que es hábil para contratar, puede hacerlo por sí o por medio de otro legalmente autorizado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.