- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1842
Artículo 1842 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando alguien te debe dinero y no te paga a tiempo, no necesitas demostrar que sufriste algún daño para que lo castiguen. El deudor tampoco puede librarse de pagar la multa o penalización solo porque demuestre que no te pasó nada malo. En otras palabras, la pena o castigo por incumplir el pago se aplica automáticamente, sin importar si tuviste pérdidas o no.
Texto oficial
Artículo 1842.- Al pedir la pena, el acreedor no está obligado a probar que ha sufrido perjuicios, ni el deudor podrá eximirse de satisfacerla, probando que el acreedor no ha sufrido perjuicio alguno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.