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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1842
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1842

Artículo 1842 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando alguien te debe dinero y no te paga a tiempo, no necesitas demostrar que sufriste algún daño para que lo castiguen. El deudor tampoco puede librarse de pagar la multa o penalización solo porque demuestre que no te pasó nada malo. En otras palabras, la pena o castigo por incumplir el pago se aplica automáticamente, sin importar si tuviste pérdidas o no.

Texto oficial

Artículo 1842.- Al pedir la pena, el acreedor no está obligado a probar que ha sufrido perjuicios, ni el deudor podrá eximirse de satisfacerla, probando que el acreedor no ha sufrido perjuicio alguno.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 179) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.