- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1874
Artículo 1874 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te da un papel que dice "páguese a la orden de fulano", ese papel se puede pasar a otra persona con solo escribirle un endoso atrás. Para que sea válido, el endoso debe tener el lugar y la fecha, por qué se está entregando el valor del documento, el nombre de la persona a la que se lo pasas, y la firma de quien lo endosa. Básicamente, es como firmar y poner los datos necesarios para ceder un derecho a alguien más. Sin esos datos, la transferencia no es legal.
Texto oficial
Artículo 1874.- La propiedad de los documentos de carácter civil que se extiendan a la orden, se transfiere por simple endoso, que contendrá el lugar y fecha en que se hace, el concepto en que se reciba el valor del documento, el nombre de la persona a cuya orden se otorgó el endoso y la firma del endosante. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 182 de 370
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