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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1876
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1876

Artículo 1876 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una persona firma (endosa) un documento de pago, como un cheque o pagaré, para pasarlo a otra persona, todos los que lo firman son responsables juntos de pagar si el deudor principal no lo hace. Eso significa que el portador (quien tiene el documento) puede cobrarle a cualquiera de los que lo firmaron, sin importar el orden. Pero hay un truco: si al firmar pones por escrito que no te haces responsable, entonces no te toca pagar. O sea, si no aclaras eso, quedas comprometido igual que los demás.

Texto oficial

Artículo 1876.- Todos los que endosen un documento quedan obligados solidariamente para con el portador, en garantía del mismo. Sin embargo, puede hacerse el endoso sin la responsabilidad solidaria del endosante, siempre que así se haga constar expresamente al extenderse el endoso.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 182) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.