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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1890
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1890

Artículo 1890 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien recibió un pago por error, pero de buena fe (es decir, sin saber que estaba mal) pensó que era un pago legal y por lo mismo rompió el pagaré, dejó que venciera el plazo para cobrar, regresó las prendas o canceló las garantías, entonces ya no está obligado a devolver ese dinero. En ese caso, la persona que pagó por error solo puede reclamarle al verdadero deudor o a los fiadores, siempre y cuando todavía tenga derecho a cobrarles.

Texto oficial

Artículo 1890.- Queda libre de la obligación de restituir el que, creyendo de buena fe que se hacía el pago por cuenta de un crédito legítimo y subsistente, hubiese inutilizado el título, dejado prescribir la acción, abandonando las prendas, o cancelado las garantías de su derecho. El que paga indebidamente sólo podrá dirigirse contra el verdadero deudor o los fiadores, respecto de los cuales la acción estuviere viva.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 183) ↗

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