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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1895
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1895

Artículo 1895 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si le diste dinero o algo de valor a alguien para hacer algo ilegal o que vaya en contra de la moral (como pagar un soborno o un favor malo), esa persona no se puede quedar con lo que le diste. La mitad de eso se va a la Beneficencia Pública (una institución que ayuda a personas necesitadas), y la otra mitad te la pueden devolver a ti, el que lo entregó.

Texto oficial

Artículo 1895.- Lo que se hubiere entregado para la realización de un fin que sea ilícito o contrario a las buenas costumbres, no quedará en poder del que lo recibió. El cincuenta por ciento se destinará a la Beneficencia Pública y el otro cincuenta por ciento tiene derecho de recuperarlo el que lo entregó. CAPITULO IV De la Gestión de Negocios

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 183) ↗

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