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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1906
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1906

Artículo 1906 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño de un negocio acepta de forma clara y sin condiciones lo que otra persona hizo por él, es como si desde el principio le hubiera dado permiso para hacerlo. Esa aceptación se llama "ratificación". Además, cuenta como si el permiso hubiera existido desde el primer día en que se empezó a actuar, no desde que el dueño lo aceptó. Así que todo lo que se hizo legalmente desde el inicio queda válido.

Texto oficial

Artículo 1906.- La ratificación pura y simple del dueño del negocio, produce todos los efectos de un mandato. La ratificación tiene efecto retroactivo al día en que la gestión principió.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 184) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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