- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1906
Artículo 1906 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el dueño de un negocio acepta de forma clara y sin condiciones lo que otra persona hizo por él, es como si desde el principio le hubiera dado permiso para hacerlo. Esa aceptación se llama "ratificación". Además, cuenta como si el permiso hubiera existido desde el primer día en que se empezó a actuar, no desde que el dueño lo aceptó. Así que todo lo que se hizo legalmente desde el inicio queda válido.
Texto oficial
Artículo 1906.- La ratificación pura y simple del dueño del negocio, produce todos los efectos de un mandato. La ratificación tiene efecto retroactivo al día en que la gestión principió.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.