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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1910
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1910

Artículo 1910 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te causa un daño haciendo algo ilegal o que va contra lo que se considera correcto, esa persona tiene la obligación de pagarte por el daño. La única manera de que no tenga que pagar es que demuestre que el daño pasó por tu culpa o porque tú fuiste muy descuidado. O sea, si tú tuviste la culpa del accidente, el otro ya no está obligado a repararlo.

Texto oficial

Artículo 1910.- El que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a otro, está obligado a repararlo, a menos que demuestre que el daño se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 185 de 370

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 184) ↗

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