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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1919
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1919

Artículo 1919 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tus hijos viven contigo y causan un daño a alguien (como romper algo o lastimar a otra persona), tú tienes la obligación de pagar por los destrozos o el perjuicio que hayan hecho. Esto aplica mientras ejerzas la patria potestad, es decir, mientras tengas la responsabilidad legal de cuidarlos y educarlos. La ley te considera responsable de lo que hagan los menores que viven bajo tu techo.

Texto oficial

Artículo 1919.- Los que ejerzan la patria potestad tienen obligación de responder de los daños y perjuicios causados por los actos de los menores que estén bajo su poder y que habiten con ellos.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 187) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.