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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1923
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1923

Artículo 1923 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los maestros artesanos tienen que pagar por los daños que sus trabajadores causen mientras hacen lo que les pidieron. O sea, si un empleado tuyo echa a perder algo o provoca un accidente en el trabajo que le encargaste, tú eres el responsable. Además, aquí también aplican las mismas reglas que dice el artículo anterior sobre cómo se maneja esa responsabilidad.

Texto oficial

Artículo 1923.- Los maestros artesanos son responsables de los daños y perjuicios causados por sus operarios en la ejecución de los trabajos que les encomienden. En este caso se aplicará también lo dispuesto en el artículo anterior.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 187) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.