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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1931
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1931

Artículo 1931 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres dueño de un edificio y se cae una parte o todo, tú eres el responsable de los daños que eso cause. Esto aplica si la caída pasó porque no hiciste las reparaciones necesarias a tiempo o porque el edificio tenía defectos desde que lo construyeron. En pocas palabras, como propietario, es tu obligación mantener tu edificio en buen estado para evitar accidentes. Si por descuido o mala construcción se cae, tú pagas los destrozos que provoque.

Texto oficial

Artículo 1931.- El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten por la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviene por falta de reparaciones necesarias o por vicios de construcción.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 188) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.