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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1933
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1933

Artículo 1933 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vives en una casa o departamento y alguien desde ahí tira o deja caer algo que daña a otra persona o a sus cosas, tú, como jefe de familia, eres el responsable. Aunque no hayas sido tú quien lo aventó, la ley te hace pagar por los daños. Esto aplica cuando el objeto sale de tu vivienda y causa un accidente en la calle o en la propiedad de alguien más.

Texto oficial

Artículo 1933.- Los jefes de familia que habiten una casa o parte de ella, son responsables de los daños causados por las cosas que se arrojen o cayeren de la misma.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 188) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.