Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1945
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1945

Artículo 1945 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la persona que tiene que cumplir con una condición impide a propósito que se cumpla, la ley considera que ya se cumplió. Por ejemplo, si te prometieron darte un bono si trabajas un año, pero te despiden antes para no pagártelo, la ley dice que el bono sí te lo deben. Se trata de evitar que alguien se aproveche al estorbar que algo pase.

Texto oficial

Artículo 1945.- Se tendrá por cumplida la condición cuando el obligado impidiese voluntariamente su cumplimiento.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 189) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.