- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1945
Artículo 1945 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la persona que tiene que cumplir con una condición impide a propósito que se cumpla, la ley considera que ya se cumplió. Por ejemplo, si te prometieron darte un bono si trabajas un año, pero te despiden antes para no pagártelo, la ley dice que el bono sí te lo deben. Se trata de evitar que alguien se aproveche al estorbar que algo pase.
Texto oficial
Artículo 1945.- Se tendrá por cumplida la condición cuando el obligado impidiese voluntariamente su cumplimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.