Artículo 196 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu pareja deja la casa donde viven sin una razón válida y se va por más de seis meses, desde el día que se fue pierde los beneficios que tenía del matrimonio, como el dinero o bienes compartidos. Eso significa que ya no puede disfrutar de las ganancias o propiedades que estaban en la sociedad conyugal mientras dure su ausencia. Para recuperar esos derechos, tú y tu pareja tendrían que ponerse de acuerdo por escrito de manera clara.
Texto oficial
Artículo 196.- El abandono injustificado por más de seis meses del domicilio conyugal por uno de los cónyuges, hace cesar para él, desde el día del abandono, los efectos de la sociedad conyugal en cuanto le favorezcan; éstos no podrán comenzar de nuevo sino por convenio expreso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.