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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
197

Artículo 197 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La sociedad conyugal, que es como el conjunto de bienes que tienes con tu pareja cuando se casan, se acaba si se divorcian, si ustedes dos deciden terminarla por su cuenta, si un juez dice legalmente que tu esposa o esposo está muerto aunque no aparezca su cuerpo (presunción de muerte), o en los casos que ya dice el artículo 188 de esta misma ley.

Texto oficial

Artículo 197.- La sociedad conyugal termina por la disolución del matrimonio, por voluntad de los consortes, por la sentencia que declare la presunción de muerte del cónyuge ausente y en los casos previstos en el artículo 188.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 25) ↗

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