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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1961
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1961

Artículo 1961 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te prometió hacer varias cosas o entregarte varias cosas al mismo tiempo, está obligado a cumplir con todo, no solo con una parte. Por ejemplo, si un taquero te prometió darte tres tacos, un refresco y salsa, debe darte todo junto, no solo los tacos y ya. No puede elegir solo lo que le convenga o lo que sea más fácil. La ley lo obliga a cumplir por completo con todo lo que prometió.

Texto oficial

Artículo 1961.- El que se ha obligado a diversas cosas o hechos, conjuntamente, debe dar todas las primeras y prestar todos los segundos.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 191) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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