- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1996
Artículo 1996 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas deben una deuda juntos y solidariamente, cada una puede ser obligada a pagar el total. Si uno de ellos paga sin usar defensas legales que servían para todos (como que la deuda ya se pagó), entonces ese deudor debe responderle a los demás por el daño que les cause omisión.
Texto oficial
Artículo 1996.- El deudor solidario es responsable para con sus coobligados si no hace valer las excepciones que son comunes a todos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.