- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2008
Artículo 2008 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para perdonar una deuda que no se puede dividir en partes, o para reducir la cantidad que se debe, se necesita el permiso de todos los que prestaron el dinero. O sea, no basta con que solo uno de los acreedores esté de acuerdo; todos deben aceptar la condonación o el descuento. Si alguno no da su consentimiento, la obligación sigue igual para esa persona. Esto aplica tanto para perdonar por completo la deuda como para rebajarla.
Texto oficial
Artículo 2008.- Sólo por el consentimiento de todos los acreedores puede remitirse la obligación indivisible o hacerse una quita de ella.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.