Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2013
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2013

Artículo 2013 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te debe un objeto específico, también está obligado a darte todo lo que le pertenece o va con él. Por ejemplo, si te deben un carro, también te deben dar las llantas de refacción, los documentos y herramientas que vienen con él. La única excepción es que en el contrato o por las circunstancias se haya acordado que esos accesorios no se incluyen. En resumen, lo accesorio sigue a lo principal, a menos que se haya dicho otra cosa.

Texto oficial

Artículo 2013.- La obligación de dar cosa cierta comprende también la de entregar sus accesorios; salvo que lo contrario resulte del título de la obligación o de las circunstancias del caso.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 195) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.