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Artículo 202 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos esposos actuaron mal intencionadamente, las ganancias que se generaron les tocan a los hijos. Si no hay hijos, ese dinero se divide entre ellos según lo que cada uno puso al casarse.

Texto oficial

Artículo 202.- Si los dos procedieron de mala fe, las utilidades se aplicarán a los hijos, y si no los hubiere, se repartirán en proporción de lo que cada consorte llevó al matrimonio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.