Artículo 202 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si dos esposos actuaron mal intencionadamente, las ganancias que se generaron les tocan a los hijos. Si no hay hijos, ese dinero se divide entre ellos según lo que cada uno puso al casarse.
Texto oficial
Artículo 202.- Si los dos procedieron de mala fe, las utilidades se aplicarán a los hijos, y si no los hubiere, se repartirán en proporción de lo que cada consorte llevó al matrimonio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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