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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2020
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2020

Artículo 2020 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pierdes o dañas algo que debías entregar a alguien, pero no fue por tu culpa, tienes que cederle todos los derechos y acciones que tengas para que él pueda reclamar una indemnización a quien sí tuvo la culpa. Por ejemplo, si tu mochila se daña por culpa de otra persona, y tú se la debías devolver a un amigo, tienes que pasarle a tu amigo el derecho de reclamar el pago al que la dañó.

Texto oficial

Artículo 2020.- El deudor de una cosa perdida o deteriorada sin culpa suya, está obligado a ceder al acreedor cuantos derechos y acciones tuviere para reclamar la indemnización a quien fuere responsable.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 196) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.