- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2040
Artículo 2040 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Mientras el deudor no reciba un aviso oficial de que su deuda fue vendida o transferida a otra persona, él puede pagarle tranquilamente al dueño original de la deuda y con eso queda libre, sin problemas legales. O sea, si no te notifican que cambió el acreedor, sigue siendo válido pagarle a quien siempre te ha cobrado.
Texto oficial
Artículo 2040.- Mientras no se haya hecho notificación al deudor, éste se libra pagando al acreedor primitivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.