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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2041
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2041

Artículo 2041 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te notifiquen que tu deuda fue vendida a otra persona (el cesionario), ya no puedes pagarle al deudor original para quedar libre. Para saldar tu deuda, tienes que pagarle directamente a quien te notificó que ahora es el nuevo dueño del cobro. Si le pagas al anterior, no te sirve de nada y podrían cobrarte de nuevo.

Texto oficial

Artículo 2041.- Hecha la notificación, no se libra el deudor sino pagando al cesionario.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 198) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.