- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2065
Artículo 2065 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El deudor puede pagar lo que debe, pero también pueden hacerlo sus representantes (como un abogado o apoderado) o cualquier otra persona que se vea afectada si la deuda no se paga. Por ejemplo, si tú le debes dinero a alguien, un familiar o amigo puede pagar por ti si le interesa que la deuda se salde. Eso sí, no cualquiera puede pagar por ti: solo quienes tengan una razón legal para hacerlo, como evitar que les embarguen algo que compartían contigo.
Texto oficial
Artículo 2065.- El pago puede ser hecho por el mismo deudor, por sus representantes o por cualquiera otra persona que tenga interés jurídico en el cumplimiento de la obligación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.