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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2095
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2095

Artículo 2095 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si debes algo y tu acreedor acepta que le pagues con otra cosa en lugar de lo que debías, ya quedas libre de la obligación. Por ejemplo, si le debías $1,000 pesos y él acepta que le des una tele en vez del dinero, la deuda se cancela. Es como un intercambio; la ley lo permite siempre y cuando el acreedor esté de acuerdo. Solo aplica si él recibe la cosa diferente voluntariamente, no si lo obligas.

Texto oficial

Artículo 2095.- La obligación queda extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa distinta en lugar de la debida.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 202) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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