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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2111
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2111

Artículo 2111 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Nadie tiene la obligación de responder por accidentes o situaciones imprevistas que no pudo evitar, a menos que él mismo haya provocado o ayudado a que ocurrieran. También es responsable si aceptó por su cuenta hacerse cargo de esos imprevistos, o si una ley específica lo obliga a pagar por ellos. En pocas palabras, no te pueden culpar por algo que pasó sin tu culpa, salvo en esos tres casos.

Texto oficial

Artículo 2111.- Nadie está obligado al caso fortuito sino cuando ha dado causa contribuido a él, cuando ha aceptado expresamente esa responsabilidad, o cuando la ley se la impone.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 204) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.