- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2119
Artículo 2119 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 2119 habla de la “evicción”, que es cuando alguien te vende o traspasa algo (como una casa o un carro) y después, por una orden de un juez firme (que ya no se puede cambiar), te quitan total o parcialmente ese bien porque resulta que otra persona tenía un derecho sobre él antes de que tú lo compraras.
Texto oficial
Artículo 2119.- Habrá evicción cuando el que adquirió alguna cosa fuere privado del todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.