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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2119
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2119

Artículo 2119 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 2119 habla de la “evicción”, que es cuando alguien te vende o traspasa algo (como una casa o un carro) y después, por una orden de un juez firme (que ya no se puede cambiar), te quitan total o parcialmente ese bien porque resulta que otra persona tenía un derecho sobre él antes de que tú lo compraras.

Texto oficial

Artículo 2119.- Habrá evicción cuando el que adquirió alguna cosa fuere privado del todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 204) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.