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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2122
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2122

Artículo 2122 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la persona que te vendió algo sabía que no era dueño legítimo o que había un problema legal con lo que te vendió, no vale ningún acuerdo donde te haya dicho que no se hace responsable si después te quitan ese bien. O sea, si te vendió algo a sabiendas de que tenía fallos legales, no puede usar un papel firmado para lavarse las manos. Eso se llama "mala fe", y en ese caso cualquier cláusula que lo proteja es nula, no tiene efecto. Así que la ley te protege si te engañaron.

Texto oficial

Artículo 2122.- Es nulo todo pacto que exima al que enajena de responder por la evicción, siempre que hubiere mala fe de parte suya.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 204) ↗

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