- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2150
Artículo 2150 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vendes varios animales juntos (por ejemplo, un lote de vacas), y uno está enfermo, solo puedes reclamar una devolución o descuento por ese animal enfermo, no por los demás. Esto cambia solo en dos casos: si el comprador demuestra que nunca habría comprado los animales sanos sin incluir al enfermo, o si los animales eran un rebaño completo y la enfermedad es contagiosa. En esos casos, sí puedes pedir la devolución o compensación por todos.
Texto oficial
Artículo 2150.- Enajenándose dos o más animales juntamente, sea en un precio alzado o sea señalándolo a cada uno de ellos, el vicio de uno da sólo lugar a la acción redhibitoria, respecto de él y no respecto a los demás, a no ser que aparezca que el adquirente no habría adquirido el sano o sanos sin el vicioso, o que la enajenación fuese de un rebaño y el vicio fuere contagioso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.