Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2150
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2150

Artículo 2150 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vendes varios animales juntos (por ejemplo, un lote de vacas), y uno está enfermo, solo puedes reclamar una devolución o descuento por ese animal enfermo, no por los demás. Esto cambia solo en dos casos: si el comprador demuestra que nunca habría comprado los animales sanos sin incluir al enfermo, o si los animales eran un rebaño completo y la enfermedad es contagiosa. En esos casos, sí puedes pedir la devolución o compensación por todos.

Texto oficial

Artículo 2150.- Enajenándose dos o más animales juntamente, sea en un precio alzado o sea señalándolo a cada uno de ellos, el vicio de uno da sólo lugar a la acción redhibitoria, respecto de él y no respecto a los demás, a no ser que aparezca que el adquirente no habría adquirido el sano o sanos sin el vicioso, o que la enajenación fuese de un rebaño y el vicio fuere contagioso.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 207) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.