- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2172
Artículo 2172 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien debe dinero y sabe que no tiene con qué pagar, pero paga antes de la fecha acordada, ese pago se puede echar para atrás. Esto es válido solo si el deudor ya estaba en problemas económicos al momento de adelantar el pago. La idea es proteger a los demás acreedores, para que no se queden sin su parte. En pocas palabras, no puedes adelantar un pago si ya sabes que estás quebrado.
Texto oficial
Artículo 2172.- Es también anulable el pago hecho por el deudor insolvente, antes del vencimiento del plazo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.