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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2177
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2177

Artículo 2177 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El fraude del que habla este artículo es cuando alguien le da una ventaja ilegal a uno de sus acreedores (personas a las que les debe dinero) sobre los demás. Esto no significa que pierdas tu derecho a cobrar, sino que pierdes la preferencia para que te paguen antes que a otros. En español claro: si te pagan antes de lo que debían solo por hacerte un favor ilegal, aún puedes pedir tu dinero, pero ya no tienes prioridad para que te paguen primero.

Texto oficial

Artículo 2177.- El fraude, que consiste únicamente en la preferencia indebida a favor de un acreedor, no importa la pérdida del derecho, sino la de la preferencia.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 209) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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