- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2177
Artículo 2177 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El fraude del que habla este artículo es cuando alguien le da una ventaja ilegal a uno de sus acreedores (personas a las que les debe dinero) sobre los demás. Esto no significa que pierdas tu derecho a cobrar, sino que pierdes la preferencia para que te paguen antes que a otros. En español claro: si te pagan antes de lo que debían solo por hacerte un favor ilegal, aún puedes pedir tu dinero, pero ya no tienes prioridad para que te paguen primero.
Texto oficial
Artículo 2177.- El fraude, que consiste únicamente en la preferencia indebida a favor de un acreedor, no importa la pérdida del derecho, sino la de la preferencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.