- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2184
Artículo 2184 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se descubre que un acto fue simulado, o sea, que se hizo un trato falso solo en el papel, la persona a la que realmente le pertenece la cosa o derecho tiene derecho a recuperarlo, incluyendo todo lo que haya producido o ganado (como frutos o intereses). Pero si esa cosa o derecho ya fue vendido de buena fe a otra persona que no sabía que era un trato falso, entonces esa persona se lo puede quedar y ya no se puede reclamar la devolución. También siguen siendo válidas las deudas o compromisos que se hayan puesto sobre esa cosa a favor de alguien que actuó de buena fe.
Texto oficial
Artículo 2184.- Luego que se anule un acto simulado, se restituirá la cosa o derecho a quien pertenezca, con sus frutos e intereses, si los hubiere; pero si la cosa o derecho ha pasado a título oneroso a un tercero de buena fe, no habrá lugar a la restitución. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 210 de 370 También subsistirán los gravámenes impuestos a favor de tercero de buena fe. TITULO QUINTO Extinción de las Obligaciones CAPITULO I De la Compensación
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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