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Artículo 22 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tu capacidad legal empieza cuando naces y terminas cuando mueres. Pero desde que eres concebido, la ley ya te protege y te considera como nacido para ciertos efectos legales, como los derechos de herencia.

Texto oficial

Artículo 22.- La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.