Artículo 22 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tu capacidad legal empieza cuando naces y terminas cuando mueres. Pero desde que eres concebido, la ley ya te protege y te considera como nacido para ciertos efectos legales, como los derechos de herencia.
Texto oficial
Artículo 22.- La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.