- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2200
Artículo 2200 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que si debes dinero junto con otras personas, tú como deudor solidario (es decir, responsable de pagar toda la deuda) no puedes pedirles a tus compañeros que te ayuden a compensar tu deuda con lo que el acreedor te deba a ti. Por ejemplo, si el acreedor te debe a ti dinero por otro asunto, tú no puedes obligar a los demás codeudores a usar esa deuda para pagar lo que deben juntos. Solo tú puedes arreglar ese asunto con el acreedor, sin meter a los otros.
Texto oficial
Artículo 2200.- El deudor solidario no puede exigir compensación con la deuda del acreedor a sus codeudores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.