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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2200
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2200

Artículo 2200 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si debes dinero junto con otras personas, tú como deudor solidario (es decir, responsable de pagar toda la deuda) no puedes pedirles a tus compañeros que te ayuden a compensar tu deuda con lo que el acreedor te deba a ti. Por ejemplo, si el acreedor te debe a ti dinero por otro asunto, tú no puedes obligar a los demás codeudores a usar esa deuda para pagar lo que deben juntos. Solo tú puedes arreglar ese asunto con el acreedor, sin meter a los otros.

Texto oficial

Artículo 2200.- El deudor solidario no puede exigir compensación con la deuda del acreedor a sus codeudores.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 211) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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