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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2206
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2206

Artículo 2206 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la misma persona resulta ser al mismo tiempo la que debe y la que cobra una deuda, pues ya no tiene sentido que se pague a sí misma, así que la obligación se cancela. Por ejemplo, si le debías dinero a tu papá y él te hereda todo antes de morir, ahora tú eres el dueño de esa deuda… y te la perdonas a ti mismo. Pero si después la confusión se acaba (por ejemplo, si vendes esa herencia), la deuda puede volver a existir como si nunca se hubiera ido.

Texto oficial

Artículo 2206.- La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnen en una misma persona. La obligación renace si la confusión cesa.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 211) ↗

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