- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2206
Artículo 2206 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la misma persona resulta ser al mismo tiempo la que debe y la que cobra una deuda, pues ya no tiene sentido que se pague a sí misma, así que la obligación se cancela. Por ejemplo, si le debías dinero a tu papá y él te hereda todo antes de morir, ahora tú eres el dueño de esa deuda… y te la perdonas a ti mismo. Pero si después la confusión se acaba (por ejemplo, si vendes esa herencia), la deuda puede volver a existir como si nunca se hubiera ido.
Texto oficial
Artículo 2206.- La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnen en una misma persona. La obligación renace si la confusión cesa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.