- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2218
Artículo 2218 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Básicamente, la "novación" es cuando cambias una deuda vieja por una nueva. La regla dice que si la deuda original no era válida (por ejemplo, porque había un error o un fraude), entonces el nuevo acuerdo tampoco sirve. Pero hay dos excepciones: una, si la única persona que podía quejarse del error era quien debía el dinero; y otra, si después de hacer el nuevo trato, las partes aceptan y perdonan los defectos de la deuda anterior. En esos casos, aunque la primera deuda estuviera mal, el nuevo acuerdo sí es válido.
Texto oficial
Artículo 2218.- La novación es nula si lo fuere también la obligación primitiva, salvo que la causa de nulidad solamente pueda ser invocada por el deudor, o que la ratificación convalide los actos nulos en su origen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.