- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2288
Artículo 2288 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El vendedor está obligado a darte el producto tal y como estaba en el momento en que firmaron el trato. O sea, no puede cambiarlo ni dañarlo después de que ya se pusieron de acuerdo. Si el artículo se echa a perder o se descompone antes de que te lo entreguen, eso es bronca del vendedor. Entonces, lo que te llegue debe estar exactamente igual a como lo viste cuando aceptaste comprarlo.
Texto oficial
Artículo 2288.- El vendedor debe entregar la cosa vendida en el estado en que se hallaba al perfeccionarse el contrato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.