- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2350
Artículo 2350 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando le regalas algo a varias personas al mismo tiempo, cada una solo tiene derecho a su parte. Si una de ellas no puede o no quiere recibir su parte, esa parte no se reparte automáticamente entre las demás. Para que eso pase, quien hace el regalo tiene que decir claramente que así sea. Si no lo dice, lo que le tocaba a esa persona se queda sin entregarse.
Texto oficial
Artículo 2350.- La donación hecha a varias personas conjuntamente, no produce a favor de éstas el derecho de acrecer, si no es que el donante lo haya establecido de un modo expreso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.