- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2370
Artículo 2370 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te regaló algo (una casa, dinero, etc.), puede quitarte el regalo si eres desagradecido. Esto pasa si tú cometes un delito contra la persona que te regaló, como lastimarlo, insultarlo o robarle a él, a sus papás, a sus hijos o a su esposa. También pasa si la persona que te regaló se vuelve pobre y necesitada, y tú te niegas a ayudarla con lo que puedas, tomando en cuenta el valor de lo que te regalaron. En esos casos, el que te regaló puede revocar la donación, es decir, recuperar lo que te dio.
Texto oficial
Artículo 2370.- La donación puede ser revocada por ingratitud: I. Si el donatario comete algún delito contra la persona, la honra o los bienes del donante o de los ascendientes, descendientes o cónyuge de éste; II. Si el donatario rehúsa socorrer, según el valor de la donación, al donante que ha venido a pobreza.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.