- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2384
Artículo 2384 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 2384 habla de un tipo de préstamo que se llama "mutuo". Básicamente, es cuando alguien (el mutuante) te presta una cantidad de dinero u otras cosas que se pueden consumir, como comida o gasolina, y se las das a ti (el mutuario). A cambio, tú te comprometes a devolverle la misma cantidad, pero del mismo tipo y calidad, no exactamente lo mismo que te prestó. Por ejemplo, si te presta $1,000 pesos, le devuelves $1,000 pesos, no los mismos billetes.
Texto oficial
Artículo 2384.- El mutuo es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.