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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2392
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2392

Artículo 2392 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un menor de edad (un adolescente o niño) pide prestado dinero para comprar comida o cubrir sus necesidades básicas, como la alimentación, y su papá, mamá o tutor no están disponibles, esa deuda sí es válida. Esto significa que no se puede echar para atrás o anular solo porque quien pidió el préstamo es menor de edad. La ley protege que el chico o chica pueda sobrevivir aunque su representante legal no esté presente.

Texto oficial

Artículo 2392.- No se declararán nulas las deudas contraídas por el menor para proporcionarse los alimentos que necesite, cuando su representante legítimo se encuentre ausente. CAPITULO II Del Mutuo con Interés

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 228) ↗

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